Entre los suscritos a saber, de una parte Simon Dice Travel S.A.S., identificada con nit 901764173-2, domiciliada en la ciudad de Medellín, Antioquia, Colombia, con registro nacional de turismo no. 228777 y establecimiento de comercio denominado Ritmo Viajero, en adelante denominada “la agencia”, y de la otra, el cliente identificado en la información de reserva, quien en adelante se denominará “el viajero”, se ha convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios turísticos, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y las normas vigentes aplicables.
Primera – objeto del contrato
La agencia se compromete a prestar los servicios turísticos contratados por el viajero, actuando como intermediaria entre éste y los proveedores de servicios turísticos (aerolíneas, hoteles, operadores, aseguradoras, entre otros), conforme a los términos pactados en la cotización y confirmados mediante el pago.
Segunda – alcance de la intermediación
La agencia no es responsable por la ejecución de los servicios turísticos prestados directamente por terceros, ni por cancelaciones, retrasos, cambios, pérdidas o incumplimientos atribuibles a tales proveedores, de acuerdo a la ley 300 de 1996 y el decreto 2438 de 2010.
Tercera – obligaciones del viajero
Cuarta – deber de información de la agencia.
La agencia proporcionará a el viajero información clara, veraz y suficiente acerca de:
Quinta – acuerdos de pago
El viajero se obliga a pagar la totalidad del valor de los servicios turísticos contratados conforme a los plazos y modalidades estipulados en la cotización o factura correspondiente. El incumplimiento en el pago facultará a la agencia a cancelar la reserva sin derecho a devolución, salvo lo dispuesto por los proveedores finales.
Sexta – modificaciones, cancelaciones y reembolsos
Toda modificación o cancelación estará sujeta a las políticas de los prestadores finales de los servicios. En caso de cancelación por parte del viajero, aplicarán las penalidades indicadas en la cotización o en las políticas de los proveedores. La agencia gestionará ante terceros los reembolsos a que haya lugar, descontando los gastos administrativos que correspondan.
Séptima – exoneración de responsabilidad
La agencia se exonera de responsabilidad en casos de fuerza mayor, caso fortuito, actos de terceros o incumplimiento de proveedores, conforme al artículo 3º de la ley 1101 de 2006 y el artículo 16 de la ley 1480 de 2011.
Octava – vigencia del contrato
El presente contrato tendrá vigencia desde el momento de la aceptación de los servicios por parte del viajero (confirmación de reserva y/o pago) y hasta la finalización efectiva de los servicios contratados.
Novena – aceptación de términos y condiciones
El viajero declara haber leído, comprendido y aceptado los términos y condiciones de prestación de los servicios turísticos, así como las políticas de privacidad y tratamiento de datos personales de la agencia.
Décima – legislación aplicable y solución de controversias
Este contrato se regirá por la legislación colombiana, en particular por la ley 300 de 1996, ley 1101 de 2006, decreto 2438 de 2010, ley 1480 de 2011 y el código civil colombiano. Cualquier disputa será sometida a los jueces de la república de Colombia en la ciudad de Medellín, salvo pacto en contrario.